TOLUCA, Méx.- A fin de agilizar la impartición de justicia laboral, el pleno de la Junta Local de Conciliación y Arbitraje del Valle de Toluca, aprobó este año nueve criterios jurídicos que unifican la actuación de las Juntas Especiales y del área de Conflictos Colectivos y Huelgas en temas que tienen que ver con la transparencia, la eficacia y certeza jurídica en las actuaciones y resoluciones de este órgano jurisdiccional, informó el titular de este tribunal, Jorge Cruz Martínez.
Detalló que entre los criterios que se unifican se encuentra el de Personalidad en el juicio laboral, es decir, que quienes intervengan con el carácter de abogado, licenciado o pasante en derecho, deben presentar la cédula profesional o cédula de pasante vigente para ejercer dicha profesión, expedida por una autoridad competente.
Otro criterio que se unificó tienen que ver con que en las diligencias de requerimiento de pago o embargo, deberá estar presente personalmente el actor (trabajador) para realizarla.
Jorge Cruz Martínez expresó que con la unificación de criterios, el gobierno que encabeza Eruviel Ávila Villegas se suma al cumplimiento de los objetivos de la Reforma Laboral y del Comité Estatal de Productividad, que encabeza el secretario del Trabajo, Javier García Bejos, para incrementar la competitividad de la entidad.
Los demás criterios, explicó, son que la carta poder para comparecer a juicio, deberá referir el nombre de la persona o personas a quienes demanda; que la comparecencia del actor, sea obligatoria en las audiencias de remate; se limita la deducción de los bienes sujetos a remate, a partir de la tercera almoneda, con el fin de no generar detrimento en el valor de los bienes embargados.
Además, para el efecto de sancionar un contrato colectivo de trabajo, las partes deberán establecer cláusulas de productividad que especifiquen las acciones y programas para mejorar la producción de la fuente de trabajo: Modificaciones, aclaraciones y enderezamiento a la demanda, se acuerdan en la audiencia de Conciliación Demanda y Excepciones; Reinstalación o indemnización constitucional. Salarios vencidos, se estará a lo dispuesto por el artículo 48 de la Ley Federal del Trabajo, que los limita al pago de 12 meses de salario y Recuento para determinar la titularidad de un contrato colectivo de trabajo, buenas prácticas dirigidas a garantizar que, en su desahogo, los trabajadores emitan su voto en forma personal, libre, directa y secreta.
Finalmente señaló que con los criterios que fueron aprobados durante este ejercicio, dicho Tribunal cuenta con 87 de estos postulados normativos que orientan su actuación, en beneficio de la administración de justicia.