TOLUCA, Méx.- En sesión pública celebrada en esta fecha, el pleno de la Sala Regional Toluca del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación resolvió, de forma acumulada, 56 juicios de revisión constitucional electoral, promovidos por el Partido Humanista, en contra de diversas sentencias de desechamiento emitidas por el Tribunal Electoral del Estado de México.
En el estudio de los asuntos, los integrantes del pleno determinaron infundados O inoperantes, según el caso, los agravios expuestos por el actor, en virtud de que las causales de improcedencia consistentes, en algunos casos, en la falta de personería de los promoventes y, en otros, en la extemporaneidad en la presentación de las demandas, se encontraron debidamente acreditadas y apegadas a Derecho.
En consecuencia, se confirmaron las sentencias impugnadas relacionadas con la integración de los Ayuntamientos de San Felipe del Progreso, Melchor Ocampo, Zumpango, Nezahualcóyotl, Jocotitlán, Temascalcingo, Texcoco, Temoaya, Naucalpan de Juárez, Cocotitlán, Hueypoxtla, San Mateo Atenco, Nicolás Romero, Chalco, Ocoyoacac, Tultepec, Tultitlán, Tianguistenco, Almoloya de Juárez, Tenango del Valle, Teoloyucan, Coacalco, Jiquipilco, Apaxco, Valle de Chalco, Tequixquiac, Juchitepec, Tonatico, Ixtlahuaca, Ixtapaluca, Villa de Allende, Texcaltitlán, El Oro, Villa Guerrero, San Antonio Isla, Huixquilucan, Valle de Bravo, Lerma, Mexicaltzingo, Xonacatlán, Huehuetoca, Tlalnepantla de Baz, Donato Guerra, Coyotepec, Nextlalpan, Toluca, Tepotzotlán, Cuautitlán Izcalli, Metepec, Chapultepec, Villa Victoria, Tejupilco y Rayón, todos del Estado de México.
Otros de los asuntos resueltos en la sesión pública fueron los promovidos por el Partido Revolucionario Institucional y de la Revolución Democrática, con claves de identificación ST-JRC-240-2015, ST-JRC-243-2015 y ST-JRC-302-2015, respectivamente, en contra de Sentencias dictadas por el Tribunal Electoral del Estado de México.
En el análisis de los asuntos los magistrados consideraron, por un lado, infundados los agravios y, por otro, inoperantes, por lo que confirmaron las sentencias emitidas por la responsable respecto de los Ayuntamientos de Soyaniquilpan, San Simón de Guerrero, y Hueypoxtla, Estado de México.
En la sesión pública se resolvieron 60 juicios de revisión constitucional electoral y juicio para la protección de los derechos políticos electorales del ciudadano.