NAUCALPAN, Méx. A pesar de que el nepotismo está prohibido desde la época del presidente Benito Juárez, en el estado de México sigue ocurriendo esta práctica. nociva para el desarrollo de la sociedad.
El estado de México cumplirá una década de nepotismo documentado. Alcaldes, síndicos, regidores y diputados locales contratan hermanos, tíos, sobrinos, padres, nueras, cuñados y otros familiares.
Victorino Barrios Dávalos, contralor del Poder Legislativo de la entidad, informó que del 2004 a la fecha la dependencia sancionó156 expedientes y más de mil familiares fueron retirados de la nómina.
Este año la Contraloría del Congreso mexiquense recibió 538 denuncias o quejas por supuesto nepotismo contra servidores públicos municipales y de la Legislatura, de los cuales 48 casos fueron confirmados.
Barrios Dávalos informó que Nezahualcóyotl tiene 22 quejas por presunto nepotismo, Coacalco 15, Ecatepec 13, Chiautla y Atlautla 12, Ixtapan de la Sal 9, Xonacatlan y Cuautitlán Izcalli 8, y Lerma y Villa del Carbón, 6.
Mencionó que entre los casos confirmados están Ixtapan de la Sal, Temamatla, Tepotzotlán y Villa del Carbón.
Dijo que la dependencia recibe la denuncia y a veces pasa hasta un año para que aplique la sanción correspondiente, debido a que debe ser probada la irregularidad, además de que los afectados pueden recurrir a otras instancias para inconformarse, lo que retrasa aún más la sanción.
“El nepotismo está prohibido desde la época de Benito Juárez. Hemos sacado más de mil familiares”, expresó.
Barrios Dávalos mencionó que alcaldes, síndicos y regidores contratan a sobrinos, cónyuges, tíos, cuñados, nueras, primas, hermanos, medios hermanos, padres e hijos, entre otros familiares.
Añadió que ocupan diversos cargos, como oficiales conciliadores, tesoreros, secretarios del ayuntamiento, directores de área, contralores, secretarios particulares, encargados de las unidades de información, choferes y hasta afanadores.
Ejemplificó con el caso del ex síndico de Ixtapan de la Sal, durante el periodo 2006-2009, quien metió a laborar a su padre como afanador del ayuntamiento.
Agregó que en Ayapango, también en la administración 2006-2009, el alcalde contrató a tres cuñados, dos primos y una hermana.
Barrios Dávalos afirmó que la mayoría de denuncias son conciliadas, pues los servidores públicos optan por retirar de la nómina a sus familiares para evitar que les apliquen sanciones, que pueden ser desde la amonestación hasta la inhabilitación, esta última en caso de tres reincidencias.
CUADRO
Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado y Municipios.
Artículo 42.- Para salvaguardar la legalidad, honradez, lealtad, imparcialidad y eficiencia que deban ser observadas en la prestación del servicio público, independientemente de las obligaciones específicas que correspondan al empleo, cargo o comisión, todo servidor público, sin perjuicio de sus derechos y deberes laborales, tendrá las siguientes obligaciones de carácter general:
XIII. Abstenerse de nombrar, contratar o promover como servidores públicos a personas con quienes tenga parentesco consanguíneo hasta el cuarto grado, por afinidad o civil, y que por razón de su adscripción dependan jerárquicamente de la unidad administrativa de la que sea titular.
Cuando al asumir el servidor público el cargo o comisión de que se trate, y ya se encontrare en ejercicio de una función o responsabilidad pública el familiar comprendido dentro de la restricción prevista en esta fracción, deberán preservarse los derechos previamente adquiridos por éste último. En este caso, el impedimento será para el fin de excusarse de intervenir, en cualquier forma, respecto del nombramiento de su familiar.