TLALNEPANTLA, Méx.-La Comisión de Honor y Justicia de Tlalnepantla, dictaminó la baja definitiva de la Comisaría de Seguridad Ciudadana (CSC), de los elementos Hilario Samuel Solís y a su escolta Nohemí Fátima Santillán Martínez, quienes el pasado 3 de abril se involucraron en un accidente de tránsito a bordo de la unidad oficial SP-1646 en la colonia Lázaro Cárdenas 2ª Sección.
En el momento del incidente, quien conducía la unidad era el policía Hilario Samuel Solís y tenía aliento alcohólico, hechos que fueron certificados por el paramédico Roberto Gómez, a bordo de la ambulancia Fénix con número económico 19.
Derivado de estos hechos la Comisión Municipal de Honor y Justicia, suspendió de sus funciones a los involucrados, notificándoles para brindarles su garantía de audiencia, a fin que presentaran pruebas en su favor, en caso de tenerlas.
Al haber incurrido en faltas graves tipificadas en el Reglamento del Servicio Profesional de Carrera Policial, y del Reglamento de la Comisión de Honor y Justicia de la Comisaría General de Seguridad, con hechos que degradan a la corporación, a partir de este viernes la Comisión de Honor y Justicia dictaminó la baja definitiva de ambos elementos a través de una notificación personal.
Oscar Ignacio Trejo González, Comisario de Seguridad Ciudadana informo que tanto Hilario Samuel Solís, conductor de la unidad, así como su escolta, Nohemí Fátima Santillán Martínez, fueron notificados por escrito.
El Comisario aseguró que en Tlalnepantla no se permitirán ese tipo de conductas que pongan en entredicho la profesionalización de la mayoría de los elementos de la corporación, prueba de ello es que desde el inicio de esta administración han causado baja cerca de 150 policías por diferentes motivos como son no haber aprobado el examen de Control de Confianza y faltas graves a la disciplina, entre otras causas.
Se informó que los policías mencionados infringieron lo preceptuado por los artículos 14, 16, 21 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 6, 40, Fracciones I, XVII, XVIII, y XXVIII, de la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública, 3, 100 Apartado B, incisos A), O), T), U), V), 182, 184, 185, 186, 187 Fracciones I,II, III y IV de la Ley de Seguridad del Estado de México y Artículo 165 Fracción “L” y “Y” del Reglamento del Servicio Profesional de Carrera Policial de la Comisaría General de Seguridad Ciudadana de Tlalnepantla de Baz.