TOLUCA, Méx.- La 59 Legislatura mexiquense aprobó las Tablas de Valores Unitarios de Suelo y Construcciones para el ejercicio fiscal de 2018, que sirven como base para el cálculo del impuesto predial, sin aumentos, y con reducciones a los propietarios de inmuebles afectados por el sismo del pasado 19 de septiembre, en 12 municipios.
En sesión del Séptimo Periodo Ordinario, que preside el diputado Diego Eric Moreno Valle (PRI), los diputados avalaron el dictamen que incluyó beneficios propuestos por el diputado Pablo Peralta García (PRI) para los damnificados por el terremoto en los municipios de Amecameca, Atlautla, Ecatzingo, Joquicingo, Malinalco, Nezahualcóyotl, Ocuilan, Tenancingo, Tepetlixpa, Tianguistenco, Villa Guerrero y Zumpahuacán.
Establece que a los propietarios de inmuebles que acrediten daños en sus predios, ubicados en alguno de estos 12 municipios con declaratoria de desastre natural y que estén descritos en el censo levantado por la Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano, se les aplicarán los decrementos que correspondan respecto a los valores vigentes, conforme al procedimiento establecido en el Código Financiero del Estado de México y Municipios, el reglamento de este título y el manual catastral.
El documento, al que dio lectura el diputado Abel Domínguez Azuz (PRI), señala que se comunicará a estos 12 municipios para que adopten las medidas necesarias para darle cumplimiento, publicando en sus portales y sitios de mayor visibilidad las reglas y el procedimiento a seguir para la aplicación del decremento.
El dictamen de las comisiones de Planeación y Gasto Público y de Legislación y Administración Municipal también refiere que los diputados acordaron no aprobar actualizaciones en todas las áreas homogéneas de los 125 municipios, ratificando los valores de tablas vigentes del 2017.
Respecto a las iniciativas de municipios que proponen actualización y que son coincidentes con la versión del Instituto de Información e Investigación Geográfica, Estadística y Catastral del Estado de México (IGECEM), se determinó aprobarlas únicamente en las áreas homogéneas que se justifican por su cambio de uso de suelo, organización de obras que incrementen valor, así como homologación de valor por no haberse realizado en su oportunidad.