CIUDAD DE MÉXICO, Méx.- La Sala Especializada del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) determinó que el promocional del Partido Revolucionario Institucional (PRI), denominado “Seguridad”, no transgredió la normativa electoral al utilizar de manera accesoria la imagen de la catedral, durante el periodo de precampañas en el proceso electoral extraordinario que se desarrolla en el Estado de Colima.
Lo anterior, ya que dicha imagen constituye un sitio representativo de la ciudad de Colima, sin que ello implique un beneficio político o electoral. Asimismo, el Pleno determinó que no está prohibido que los partidos políticos, durante la precampaña, difundan promocionales genéricos o de crítica sobre asuntos de interés general, ya que ello se encuentra en el ámbito de permisibilidad y del libre ejercicio de utilizar su prerrogativa de tiempos en radio y televisión para difundir ideas que promuevan el debate político, propio del sistema democrático.
En otro asunto, este órgano jurisdiccional sancionó con una amonestación pública al partido Movimiento Ciudadano por la realización de actos anticipados de precampaña, a través de la colocación de cuatro anuncios espectaculares en Colima.
El Pleno determinó que los elementos que componen los espectaculares y la leyenda “Guadalajara eligió un buen gobierno, sigue Colima” con el logotipo de Movimiento Ciudadano, tuvieron la finalidad de posicionar a dicho partido ante la ciudadanía, previo a la campaña electoral del proceso extraordinario de ese estado, a celebrarse el próximo 17 de enero de 2016, lo que vulneró la normativa aplicable.