TOLUCA, Méx.- Con la finalidad de otorgar protección y seguridad laboral a las mujeres para que al solicitar algún empleo no sean objeto de discriminación, la LVII Legislatura del Estado de México aprobó por unanimidad la iniciativa para eliminar el requisito de presentar certificado de no embarazo.
La reforma a la fracción XVIII del Artículo 98 de la Ley del Trabajo de los Servidores Públicos del Estado y Municipios -presentada por la diputada Yolitzi Ramírez Trujillo-, establece la abstención de solicitar certificado de no embarazo o constancia relativa al mismo a las mujeres que soliciten empleo, ya que, según el documento, en los últimos años el desarrollo económico en México ha requerido que cada vez más mujeres trabajen fuera del hogar, no sólo por la importancia que tiene para su desarrollo personal o profesional, sino por necesidades económicas; no obstante persiste la tendencia a la desigualdad por causas de género.
De cada tres trabajos generados en México, sólo uno es ocupado por una mujer; y según cifras del Instituto Nacional de Geografía y Estadística INEGI, 37 por ciento de la Población Económicamente Activa en el Estado de México, la constituyen las mujeres; sin embargo, el rechazo laboral hacia este grupo social por motivos de embarazo constituye una forma directa de discriminación de género prohibida en el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos promulgado el 20 de mayo de 1981.
También lo prohíben la Convención sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación contra la Mujer; y en la Convención Americana sobre Derechos Humanos, en el convenio 111 de la Organización Internacional del Trabajo sobre la Discriminación creado en 1919 referente al empleo y ocupación, instrumentos que a su vez han sido ratificados por México.
Cabe destacar que en la lucha para eliminar la discriminación en el Estado de México, la LVII Legislatura local aprobó la Ley de Igualdad Sustantiva entre Mujeres y Hombres del Estado de México; y avaló implementar el transporte público exclusivo para mujeres en territorio mexiquense; así como reformó la Ley para Prevenir, Combatir y Eliminar Actos de Discriminación en el Estado de México; al Código Penal, al Código de Procedimientos Penales, a la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado de México, a la Ley Orgánica de la Procuraduría General de Justicia y a la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia.