TOLUCA, Méx.- “Corre el periodo de campañas del proceso electoral para gubernatura 2017-2023, durante el cual, bajo el marco que las regula, se pueden realizar y publicar encuestas electorales hasta el 31 de mayo. Para ello, los interesados en hacerlo, deben entregar al Instituto Electoral del Estado de México (IEEM) los criterios generales de carácter científico establecidos en la normatividad electoral para su realización”, explicó César David Gómez Moreno, Coordinador Técnico de la Secretaría Ejecutiva del IEEM.
En entrevista para el programa del IEEM “Detrás de tu voto hay buenas noticias”, que se transmite por internet y que en esta ocasión fue conducido por Gerardo García, reportero del periódico 8 Columnas, César David Gómez Moreno, precisó que dicha información debe hacerse llegar a más tardar cinco días después de su publicación al Secretario Ejecutivo del IEEM, y debe contener la copia de dichos estudios, los objetivos, la forma en que se financió o promovió, objetivo de la encuesta, diseño de la muestra, población, cuestionario, entre otros.
Refirió que una vez que la información es corroborada, el IEEM publica la metodología y la base de datos de la encuesta en la página electrónica del IEEM (www.ieem.org.mx), para ello, se realiza un seguimiento a las encuestas que se efectúan en la entidad mexiquense, principalmente a través de los medios de comunicación impresos y, posteriormente, dicho informe también se remite al INE.
Indicó que las encuestas deben regirse por los principios de máxima publicidad y transparencia, por lo que las casas encuestadoras están obligadas a manejarse por estos lineamientos. En caso de no ceñirse a lo estipulado, se hará el requerimiento respectivo, que puede ser hasta en tres ocasiones, solicitándoles la información necesaria y, en caso de incumplir, se podría generar un procedimiento sancionador.
Por otra parte, indicó que a partir del día 1 de junio y hasta el cierre oficial del total de las casillas el 4 de junio, queda prohibida la publicación o difusión de encuestas, en forma total o parcial, que tengan por objeto dar a conocer las preferencias de los ciudadanos o cualquier otro acto de difusión.
En tanto, quienes quieran hacer encuestas de salida y conteos rápidos el día de la Jornada Electoral, deberán hacer una solicitud ante el IEEM a más tardar el 25 de mayo, para obtener una acreditación y se conozca que van a realizar esta actividad, aunque los resultados, reiteró, sólo se podrán dar a conocer hasta el cierre total de casillas.
Explicó que las encuestas de opinión buscan señalar alguna tendencia a favor de algún partido o candidato, mientras que las encuestas de salida pretenden conocer el resultado de la votación, antes de que se den a conocer los resultados oficiales de acuerdo con la normatividad electoral.