TOLUCA, Méx.- Comprometidos con la dotación de agua de calidad y apta para el consumo humano, la Secretaría de Infraestructura, a través de la Comisión del Agua del Estado de México (CAEM), realiza la desinfección del vital líquido con el que beneficia a 15.62 millones de mexiquenses.
La cifra, explicó el vocal ejecutivo de la CAEM, José Manuel Camacho Salmón, representa una cobertura del 98.76 por ciento de la población que tiene agua en la entidad, y el resto la reciben de las fuentes propias de los municipios.
La calidad del agua, agregó, se debe a la operación de 2 mil 652 sistemas de desinfección, de los cuales mil 501 pertenecen a fuentes de abastecimiento a cargo de la CAEM y mil 151 de otros organismos.
Camacho Salmón explicó que en la temporada de calor se refuerzan las acciones para evitar la presencia de la bacteria “vibrio cholerae” y los problemas gastrointestinales en la población; por ello, la CAEM realiza la recarga de reactivos y mantenimiento a equipos de desinfección instalados en fuentes de abastecimiento federales, estatales y municipales en 106 municipios de manera permanente.
El cuidado de la calidad del agua que reciben los mexiquenses, explicó el funcionario, está cargo de 98 elementos, quienes se encargan de suministrar anualmente más de mil 900 toneladas de gas cloro e hipoclorito de sodio.
Respecto a la cloración del agua en bloque, manifestó el vocal ejecutivo, ésta se realiza con 102 dosificadores, de los cuales 47 son a base de gas cloro y los 55 restantes de hipoclorito de sodio, lo que permite desinfectar un caudal de 5 mil 292 litros por segundo.
Con estas acciones, el Gobierno del Estado de México, en coordinación con la Comisión Nacional del Agua, logran la desinfeccción al 100 por ciento del agua suministrada en bloque.
Camacho Salmón enfatizó que la responsabilidad de proporcionar el vital líquido con la calidad para uso y consumo humano recae directamente en las autoridades municipales, de acuerdo al Artículo 115 Constitucional y al Artículo 70 de la Ley del Agua del Estado de México.
En ella se establece que los prestadores de los servicios a que se refiere el artículo 34 de la Ley, están obligados a garantizar la calidad del agua suministrada para los diferentes usos, debiendo aplicar los procesos de desinfección con gas cloro o, en su caso, hipoclorito de sodio, conforme a la Norma Oficial Mexicana.
Además, destaca que los servidores públicos o particulares, como el caso de los comités independientes de agua potable, que incumplan con esta obligación, serán sancionados en términos de lo que marca la Ley del Agua de la entidad.