TOLUCA, Méx.- De acuerdo con el plazo establecido en el Calendario Electoral del Proceso Electoral 2016-2017 aprobado por el Instituto Electoral del Estado de México, desde el inicio de las campañas electorales y hasta la conclusión de la jornada electoral, las autoridades estatales y municipales, así como los legisladores locales, deberán suspender la difusión en los medios de comunicación social de toda propaganda gubernamental.
Además, deberán suscribirse a lo que estableció el Instituto Nacional Electoral a través del acuerdo INE/CG04/2017, en el que también se consideró una Tesis emitida por el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, para establecer mecanismos que contribuyan a evitar acciones que generen presión sobre el electorado, así como el uso indebido de programas sociales y la violación al principio de equidad e imparcialidad, durante el proceso electoral local 2016-2017.
En acato a dichos mecanismos, se deben observar los principios de imparcialidad, equidad y neutralidad en los procesos electorales; los beneficios de los programas sociales no pueden ser entregados en eventos masivos o en modalidades que afecten el principio de equidad en la contienda electoral, toda vez que las autoridades deben tener un especial cuidado, para que dichos beneficios sean entregados, de tal manera, que no generen un impacto negativo o se pongan en riesgo los referidos principios.
Asimismo, se especifica que aceptar regalos no compromete al ciudadano a votar por alguna persona o partido, o a abstenernos de votar, ya que el voto es secreto, por lo que las despensas, dinero, recompensas, materiales de construcción o cualquier otra cosa que nos ofrezcan durante las campañas, periodo de reflexión y el día de la jornada electoral, incluso la simple promesa de su entrega, a cambio de nuestro voto, no nos obliga a votar por un partido político, coalición o candidatura determinada.
La entrega de cualquier material en el que se oferte o entregue algún beneficio directo, indirecto, mediato o inmediato, en especie o en efectivo, que implique la entrega de algún bien o servicio se encuentra prohibida para los partidos políticos, coaliciones, aspirantes, candidatas o candidatos, equipos de campaña o cualquier persona, en razón de que conforme a la ley, esas conductas se presumen como indicio de presión al elector para obtener su voto.
Se hace énfasis en que los programas sociales, así como los servicios y obras públicas que realiza el gobierno en cualquiera de sus tres niveles, no pertenecen a partido político, coalición o candidatura alguna, y se pagan con los impuestos de todas y todos. El estar inscritos en algún programa social de salud, educación, vivienda, alimentación u otro, nos da derecho a recibir sus beneficios sin importar por quien votemos.
Aunado a ello, se especifica que nadie puede condicionar la entrega de beneficios de algún programa social a cambio de votar por un partido político, coalición o candidatura; por tanto, nadie debe amenazar nuestro empleo para que no votemos o lo hagamos a favor o en contra de un partido político, coalición o una candidatura en particular, y ninguna persona o institución tiene derecho a comprar, presionar o condicionar nuestro voto.
Cabe indicar que las únicas excepciones a lo anterior, serán las campañas de información de las autoridades electorales, las relativas a los servicios educativos y de salud o las necesarias para la protección civil en casos de emergencia.