CUAUTITLÁN IZCALLI, Méx.- Por medio del presenta le envío un cordial saludo y le solicito, apelando a mi derecho de réplica, se publique la presente y se me permita publicar lo siguiente en los comentarios de la siguiente nota: http://www.reportehoy.com.mx/index.php/politica/403-edic86/2123-habitantes-de-tepojaco-reciben-agua-de-manera-legal-operagua.html.
Lo anterior de la siguiente manera:
En respuesta a lo señalado por el C. Cristian Laguna Reyes, Director General de OPERAGUA Cuautitlán Izcallí, Estado de México, en la nota Titulada “…Habitantes de Tepojaco Reciben Agua de Manera legal OPERAGUA…”
me permito señalar lo siguiente:
La ley es clara, la obligación de la empresa constructora sobre el otorgamiento de los servicios públicos de manera gratuita, como en este caso el suministro del agua potable, fenece hasta la entrega total y definitiva del conjunto urbano y no a la entrega parcial.
Si bien es cierto que los Magistrados de la Tercera Sección del Tribunal de lo Contencioso Administrativo se negaron, a pesar de las pruebas, a fallar a favor de la devolución de los pagos ya realizados, también es cierto que señalaron que el sujeto obligado al pago del servicio es la empresa constructora. Tal es así, que me sugirieron acuda a las oficinas de esta empresa a solicitar los pagos que yo realice a OPERAGUA, ya que ellos, la empresa, son los obligados al pago del servicio, como lo señala diversa legislación local, tal es el caso de lo que señala el Reglamento al Libro Quinto del Código Administrativo del Estado de México.
El Organismo denominado OPERAGUA recientemente expidió a la empresa constructora los certificado de no adeudo, para que así, la empresa pueda vender las Ecoviviendas. Lo que quiere decir que la empresa constructora va al corriente de sus pagos, es decir ha pagado el agua por bloque.
Aun esta en proceso, el Amparo ante un Tribunal Colegiado por la resolución de los Magistrados de la Sala Superior del Tribunal Contencioso Administrativo a la no devolución de los pagos ya realizados.
Ese organismo a pesar de recibir un doble pago por el mismo servicio y de que se comprometió con el pago que realiza la empresa constructora a darle mantenimiento a las instalaciones ya recepcionadas, no lo ha hecho y a pesar del juicio administrativo en proceso se niega a hacerlo señalando que no se detecto anomalía alguna. Cabe aclarar, que la falta de mantenimiento en las instalaciones hidro-sanitarias de este conjunto urbano incrementa en mucho el riesgo que ya fue dictaminado por las autoridades competentes. Esto por la filtración de agua potable y aguas negras que se fugan por las líneas fracturadas y que favorece el reblandecimiento del suelo y el hundimiento y desplazamiento de las casas. Como en el caso de mi vivienda que debido a las fracturas que presenta una canaleta recolectora de agua pluvial, el agua de lluvia se filtra a mi domicilio a través de estas fracturas, dañando los muros y mi patrimonio.
Contrario a lo que señala el C. Cristian Laguna Reyes, director general de Operagua-Cuautitlán Izcallí y como lo han documentado la Subcomisión de Vicios Ocultos de la Cámara de Diputados Federal, la CODHEM, ONGs y diversos medios de comunicación, el suministro de agua potable en este conjunto urbano Lomas de San Francisco Tepojaco o Lomas de Cuautitlán solo se limita a martes y viernes y por unas horas. Lo que representa una violación más a los derechos humanos de los habitantes de este conjunto urbano denominado Lomas de Cuautitlán o Lomas de San Francisco Tepojaco o San Francisco Bungalows.
Lo anterior como quedo respaldado con la documentación que mostré para la nota
Jorge Arzave Orihuela
Activista por los derechos humanos y colono afectado