CIUDAD DE MÉXICO, Méx.- La Suprema Corte de Justicia de la Nación invalidó la legislación tabasqueña que permitía, en casos de supuesto interés superior, entregar contratos sin licitación.
Se decidió anular las fracciones XI y XII del artículo 45 de la Ley de Obras Públicas del estado de Tabasco, el cual fue creado expresamente para facilitar la construcción de la refinería de Dos Bocas.
Es inválida la legislación de Tabasco que permitía contrataciones sin licitación pública. La ampliación indeterminada de los supuestos de excepción impedía garantizar los principios de eficiencia, eficacia, economía, transparencia y honradez en el gasto publico. pic.twitter.com/rE82bqYcwf
— Suprema Corte (@SCJN) July 6, 2020