TLALNEPANTLA, Méx.- El Gobierno de Municipal de Tlalnepantla informa que el Reglamento de Sustentabilidad Ambiental y Movilidad de Nuestra Ciudad establece sanciones a las unidades económicas que proporcionen a sus clientes plásticos de un solo uso, con el objetivo de evitar su utilización y crear conciencia sobre las consecuencias en el medio ambiente.
Las sanciones solo las podrán aplicar servidoras y servidores públicos de la Dirección de Sustentabilidad Ambiental y Movilidad que se identifiquen plenamente. Las multas se deben pagar directamente en la Tesorería Municipal, bajo ninguna circunstancia en el momento de la visita de verificación.
De acuerdo al Artículo 43 del reglamento que entró en vigor el 1 de enero, se prohíbe a las unidades económicas proporcionar a las y los consumidores bolsas de plástico desechables de un solo uso para fines de envoltura, transportación, carga o traslado de productos y mercancías.
En caso contrario, se aplicarán las sanciones establecidas en el Artículo 113. La multa a los establecimientos que por primera vez infrinjan este ordenamiento es de 10 Unidades de Medida de Actualización (UMA), en caso de reincidir de 10 a 50 UMA.
De acuerdo al Artículo 156 del reglamento, los establecimientos comerciales que estén en desacuerdo con las sanciones emitidas tienen el derecho de interponer el Recurso Administrativo de Inconformidad ante la propia autoridad o un juicio ante el Tribunal de Justicia Administrativa del Estado de México.