TLALNEPANTLA, Méx.-Sancionar a quienes, sin los permisos respectivos, impartan educación en sus diferentes modalidades y niveles, es el objetivo de la iniciativa de reforma a la Ley de Educación y al Código Penal del estado, presentada por el diputado Marco Antonio Rodríguez Hurtado (Nueva Alianza), en la que propone sanciones de cinco a 10 años de prisión, y multa de mil a cinco mil días, agravando la sanción al reincidente, cuando en la comisión de este delito concurran fines de lucro.
En sesión deliberante del Quinto Periodo Extraordinario de la LVIII Legislatura, del cual es presidente el diputado Norberto Morales Poblete (PT), también se turnaron a comisiones las iniciativas para crear el organismo descentralizado denominado Inspección General de las Instituciones de Seguridad Pública del Estado de México, y ampliar el plazo para completar los requisitos de operación de la Comisión para la Protección contra Riesgos Sanitarios del Estado de México (Coprisem).
El diputado Marco Antonio Rodríguez Hurtado propuso, a nombre del Grupo Parlamentario de Nueva Alianza, agregar al Código Penal el Capítulo XX, “De la impartición ilícita de la educación”, y modificar el segundo párrafo del artículo 116 de la Ley de Educación de la entidad, para sancionar a quienes, sin los permisos respectivos, impartan educación en sus diferentes modalidades y niveles.
Remitida a las comisiones de Gobernación y Puntos Constitucionales, así como Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología, la iniciativa establece que el surgimiento y operación de supuestas instituciones que “incluso expiden documentos de distintos tipos y modalidades relacionados con esa actividad realizada sin autorización”, traen consigo un daño grave a los estudiantes, quienes al egresar carecen de un documento oficial que acredite sus estudios.
En virtud de que esta situación genera pérdida de tiempo y de recursos económicos que afectan el patrimonio familiar e impide el desarrollo educativo, se proponen penas de cinco a 10 años de prisión, y multa de mil a cinco mil días.
Si tiene intervención cualquier servidor público del ámbito educativo, la pena aplicable se aumentará de una a dos terceras partes de las que le corresponda por el delito cometido, además de la destitución e inhabilitación de ocho a 20 años para desempeñar empleo, cargo o comisión públicos.
VIGILANCIA DE INSTITUCIONES DE SEGURIDAD PÚBLICA
Vigilar, supervisar e inspeccionar que la actuación de los servidores públicos sea conforme a los principios de legalidad, objetividad, eficiencia, profesionalismo, honradez y respeto a los derechos humanos, es el propósito de la iniciativa del gobernador Eruviel Ávila Villegas para crear el Organismo Público descentralizado denominado Inspección General de las Instituciones de Seguridad Pública del Estado de México.
Enviada para su resolución a las Comisiones de Gobernación y Puntos Constitucionales, así como Seguridad Pública y Tránsito, la iniciativa establece que este organismo podrá conocer las quejas y denuncias que se interpongan por cualquier medio, e incluso anónimas, con motivo del incumplimiento de las obligaciones de los servidores públicos, preservando la confidencialidad de las actuaciones.
También, podrá planear e implementar procedimientos de inspección, vigilancia, así como de técnicas de verificación para comprobar el cumplimiento de las obligaciones de los servidores públicos; dictar las medidas precautorias necesarias con el objetivo de salvaguardar el interés social, el interés público o el orden público, derivado de las funciones que realiza, de así convenir para el mejor cumplimiento del servicio de instituciones de seguridad pública.
NUEVO PLAZO PARA OPERACIÓN DE LA COPRISEM
Por considerar insuficiente el plazo originalmente establecido para que la Coprisem asuma los convenios y acuerdos necesarios para el ejercicio de sus funciones, anteriormente operados por el Instituto de Salud, el Ejecutivo estatal presentó la iniciativa para ampliar el plazo a 120 días en lugar de 60, la cual será estudiada por la Comisión de Salud, Asistencia y Bienestar Social.