CIUDAD DE MÉXICO, Méx.- La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) confirmó el Acuerdo INE/CG1081/2015 emitido por el Consejo General del Instituto Nacional Electoral (INE), el 16 de diciembre 2015, mediante el cual se emitieron normas reglamentarias sobre la propaganda gubernamental para el proceso electoral extraordinario en el estado de Colima, a celebrarse el próximo 17 de enero.
En sesión pública, los Magistrados analizaron el expediente SUP-RAP-823/2015, en el cual el Partido Acción Nacional (PAN), sostuvo que el Consejo General responsable, no consideró el contexto específico de la elección extraordinaria en Colima al permitir que programas que forman parte de campañas institucionales, carentes de esencia educativa y de salud, puedan difundirse durante un periodo prohibido.
En el expediente, elaborado por la ponencia del Magistrado Salvador Nava Gomar, se demostró que el INE sí realizó el análisis particular de cada una de las campañas publicitarias, por lo que se determinó que no le asiste la razón al partido político.
“Además, en agravios, no se concretizan las razones por las cuales el apelante considera que las campañas no cuadran en las excepciones previstas en la Constitución”, indicó el proyecto de resolución.
El Pleno de la Sala Superior consideró que al haberse realizado el análisis particular de las campañas publicitarias y emitido las razones por las que determinados programas admitían ser considerados como supuestos de excepción, lo procedente era confirmar el acuerdo controvertido.