NAUCALPAN, Méx.-Aprueba por unanimidad, en sesión celebrada el pasado 9 de enero de 2015, el Comité Directivo Estatal del Partido Acción Nacional en el Estado de México y que encabeza el Lic. Oscar Sánchez Juárez.
El próximo 7 de junio de 2015 se celebrarán elecciones locales en el estado de México, que serán concurrentes con la elección federal para la elección de diputados federales, por la que se renovará la Legislatura Local, así como los ayuntamientos de los 125 municipios de nuestra entidad, en sesión celebrada el pasado 9 de enero de 2015, el Comité Directivo Estatal del Partido Acción Nacional en el Estado de México se aprobó el “Acuerdo por el que se definen métodos de selección de candidatos a diputados locales por el principio de mayoría relativa y de las planillas edilicias de los 125 municipios del estado de México”.
En cumplimiento de las disposiciones constitucionales y legales que establecen los fines de los partidos políticos, entre los que se encuentran las reglas para garantizar la paridad entre los géneros en candidaturas a diputados locales y federales, en los acuerdos de referencia se adoptaron acciones afirmativas que permitan el cumplimiento de las referidas disposiciones.
Así, para la selección de nuestros candidatos a diputados locales por el principio de mayoría relativa se optó por los siguientes métodos:
a) Elección por los militantes, respecto de los cuales en algunos casos se adoptaron acciones afirmativas consistentes en reserva de distritos por género, para participación exclusiva de mujeres;
b) Designación, en términos del artículo 92 numeral 1 incisos a) y c), misma que realizará la Comisión Permanente del Consejo Nacional.
Lo anterior conforme a la siguiente tabla:
METODO DTTOS
DESIGNACIÓN 14
RESERVADOS MUJER 13
ELECCIÓN DE MILITANTES 18
TOTAL DE DISTRITOS 45
Por lo que hace a las planillas a cargos edilicios que conformarán los ayuntamientos de los 125 municipios del Estado de México, se optó por los siguientes métodos:
a) Elección por los militantes. Respecto de los cuales se adoptaron acciones afirmativas, consistentes en alternar, indefectiblemente, personas de distinto género para cada una de las posiciones edilicias.
b) Designación, en términos del artículo 92 numeral 1 incisos a) y c), misma que realizará la Comisión Permanente del Consejo Nacional.
c) Elección abierta a la ciudadanía.
Lo anterior conforme a la siguiente tabla:
MÉTODO DE SELECCIÓN TOTAL DE MUNICIPIOS
ELECCIÓN POR MILITANTES 83
ELECCIÓN ABIERTA A CIUDADANOS 4
DESIGNACIÓN 38
El Comité Directivo Estatal de Acción Nacional en el Estado de México es competente para establecer los métodos y mecanismos para la selección de candidatos a cargos de elección popular y salvo la elección por designación y elección abierta a la ciudadanía requiere de la autorización de la Comisión Permanente del Consejo Nacional.
Mujeres y hombres de Acción Nacional en el Estado de México se encuentra preparandose para ser la mejor propuesta de gobierno y representación de la ciudadanía.