TOLUCA, Mèx.- Una vez analizados y sometidos a un exhaustivo proceso de deliberación, el Consejo General del Instituto Electoral del Estado de México aprobó por unanimidad el Material Didáctico del Programa de Capacitación Electoral, además de los Lineamientos de Supervisión para la Impresión de la Documentación Electoral y la Fabricación del Material Electoral, su embalaje, almacenamiento, distribución y resguardo para el Proceso Electoral 2011.
El material aprobado corresponde al Rotafolio de apoyo para Centro de Capacitación y el Rotafolio de apoyo para la capacitación de campo, que incluye la documentación y material electoral, así como los instructivos de llenado de documentación y material electoral que se integran al Manual del Funcionario de Mesa Directivas de Casilla y Cuadernos de Ejercicio 2011, que servirán de base para la elaboración del material interactivo con que se realizará el fortalecimiento de conocimientos de Funcionarios de Mesas Directivas de Casilla.
Estos materiales fueron propuestos por la Comisión de Organización y Capacitación del Instituto, presidida por el Consejero Electoral, Juan Carlos Villarreal Martínez e integrada por los consejeros, Policarpo Montes de Oca Vázquez y Arturo Bolio Cerdán y en la que participan los partidos políticos.
De esta forma, una vez que concluya su diseño en interactivo y el Módulo 11 del Video para el fortalecimiento de conocimientos de funcionarios de Mesas Directivas de Casilla, este material se presentará a la Junta General para su aprobación y posterior remisión al Consejo General para su conocimiento y eventual aprobación definitiva.
A efecto de dar seguimiento al procedimiento de elaboración de la documentación electoral, se creó un instrumento para vigilar de manera clara y precisa las actividades que se deben seguir para la adecuada impresión de la documentación electoral y la fabricación del material electoral, así como lo relativo a los procedimientos para su embalaje, almacenamiento, distribución y resguardo para el presente proceso electoral.
Asimismo, se especifica lo relativo a la verificación física de las instalaciones de la empresa o empresas adjudicatarias donde se elabore la documentación electoral, se realice el embalaje y resguardo de boletas electorales; el dispositivo de seguridad para la distribución y traslado de la documentación y material electoral; destrucción de negativos y placas; además de la asignación y presencia de notarios públicos durante el inicio, desarrollo y término de la elaboración, impresión y entrega–recepción de boletas electorales, entre otros aspectos.